Auditoría Gubernamental
Examen especial: Revisa, estudia y evalúa aspectos limitados o una parte de las actividades relativas a la gestión financiera, administrativa, operativa y medioambiental, luego de su ejecución. Se aplican técnicas y procedimientos de auditoría y de disciplinas específicas, de acuerdo con la materia del examen. El informe de examen especial deberá contener comentarios, conclusiones y recomendaciones.
Auditoría financiera: Informa sobre la razonabilidad de las cifras expuestas en los estados financieros de una institución pública, ente contable, programa o proyecto. Concluye con la elaboración de un informe profesional de auditoría, que contiene las opiniones correspondientes.
Auditoría de gestión: Acción fiscalizadora de carácter multidisciplinario dirigida a examinar y evaluar el control interno, la gestión y el desempeño de una institución, ente contable o la ejecución de programas y proyectos, con el fin de determinar el apego a los principios y criterios de economía, efectividad y eficiencia. Este tipo de auditoría examina y evalúa el cumplimiento de los resultados esperados, de acuerdo con los indicadores institucionales y de desempeño pertinentes.
Auditoría de aspectos ambientales: Analiza los procedimientos de realización y aprobación de los estudios y evaluaciones de impacto ambiental.
Auditoría de obras públicas o de ingeniería: Permite evaluar la administración de las obras en construcción, gestión de los contratistas, manejo de la contratación pública, eficacia de los sistemas de mantenimiento, cumplimiento de las cláusulas contractuales y los resultados físicos que se obtengan en el programa o proyecto específico sometido a examen.
Confirmación y desvanecimiento de responsabilidades:
Las conclusiones de las auditorías
pueden derivar en responsabilidades administrativas y civiles, cuando señalan
irregularidades en la gestión de los recursos públicos.
Las responsabilidades administrativas
son sanciones en contra de servidores públicos que se establecen cuando, por
acción u omisión, infringen el marco legal en la administración de los bienes y
recursos públicos. Según la gravedad de la falta, pueden imponerse multas o
solicitar la destitución.
Si el incumplimiento de las funciones
inherentes al cargo o de las estipulaciones contractuales produce pérdidas
económicas al Estado, la Contraloría establece responsabilidades civiles. Estas
sanciones son imputables a funcionarios públicos y a contratistas estatales.
En ejercicio de su derecho a la
defensa, las personas naturales o jurídicas responsabilizadas pueden presentar
pruebas de descargo en varias etapas, que pueden justificar sus actuaciones y
derivar en la no confirmación de las sanciones civiles o administrativas. A
continuación, explicamos el procedimiento:
1. Luego de su aprobación, los informes de auditoría gubernamental se remiten a la Dirección Nacional de Predeterminación de Responsabilidades (DIPRE), con los siguientes anexos:
Se confirman cuando el sujeto de la
responsabilidad no ejerce su derecho a la defensa y no presenta descargos o
cuando las explicaciones y documentos enviados son insuficientes para
justificar su actuación.
La no confirmación procede en los siguientes
casos:
Los motivos de la confirmación o no
re responsabilidades, así como los antecedentes, constan en las respectivas
resoluciones.
Luego de recibir la notificación de
la responsabilidad confirmada, el sujeto cuenta con 30 días para solicitar el
recurso de revisión. Si se acepta el pedido, la persona involucrada debe
entregar los descargos a la Dirección Nacional de Recursos de Revisión. La
Contraloría debe pronunciarse dentro de los siguientes 30 días, concediendo o
negando el recurso.