Código de Conducta Ética de la Contraloría General del Estado
Artículo 1.- Objetivo
El Código de Conducta Ética de la Contraloría General del Estado tiene como objetivo establecer un marco de valores y conductas deseables, que sirvan como referencia para el comportamiento del personal en el ejercicio de sus funciones, en las relaciones laborales y en las interacciones con la población a la que se le otorgan servicios. Este Código busca visibilizar la postura institucional frente a varios aspectos trascendentales, que se generan en los contextos en los cuales los servidores se desenvuelven, intentando modelar lo que sería parte de la cultura organizacional, con miras al cumplimiento de la misión, visión y objetivos de este Organismo de Control.
Artículo 2.- Ámbito de aplicación
Las disposiciones del presente Código de Conducta Ética son de observancia y cumplimiento obligatorio para todo el personal de la Contraloría General del Estado. Las infracciones y el quebrantamiento de sus normas originarán las correspondientes responsabilidades.
Este Código de Conducta Ética no se contrapone al contenido de los códigos éticos de las profesiones particulares, los cuales serán observados por los agremiados. Ni es contrario a las normas que para el ejercicio de cada profesión hubiere, con la finalidad de asegurar la buena práctica profesional.
Las denuncias de actos en contra de la ética pública, debidamente fundamentadas, serán procesadas por la Dirección Nacional de Talento Humano y las instancias institucionales pertinentes, observando los principios de protección y reserva del denunciante; así como, los del debido proceso y presunción de inocencia del denunciado.
Artículo 3.- Principios éticos de la Contraloría General del Estado
La Contraloría General del Estado, fundamentándose en el más irrestricto respeto a la Constitución de la República del Ecuador, leyes, normas, misión, visión, objetivos institucionales, observará los siguientes principios institucionales en su actuar diario y en la interacción con los servidores y ciudadanos que requieren los servicios de este Organismo de Control:
1. Control, prevención y lucha contra la corrupción:
La Contraloría General del Estado promueve e impulsa el control de las entidades y organismos del sector público y de las personas naturales o jurídicas del sector privado que prestan servicios o desarrollan actividades de interés público, con el objeto de promover un ejercicio de funciones responsable, transparente y equitativo; fomenta e incentiva la participación ciudadana; protege el ejercicio y cumplimiento de los derechos; y, previene y combate la corrupción.
2. Legalidad:
La Contraloría General del Estado y sus servidores públicos están obligados a conocer, respetar y ejercer sus actos con sujeción a la Constitución de la República del Ecuador, las leyes, reglamentos, y demás disposiciones que regulan su actividad en cualquier área en que se desempeñen.
3. Beneficio social:
La Contraloría General del Estado privilegia el servicio a los intereses de la ciudadanía, en el control del buen uso de los recursos públicos, dentro de procesos que favorecen la eficacia, eficiencia y efectividad.
4. Imparcialidad y autonomía:
La Contraloría General del Estado actúa de forma objetiva en el cumplimiento de sus responsabilidades, sin ceder a presiones de ninguna índole, y con independencia absoluta, de modo que sus informes sean imparciales y así sean percibidos por la sociedad en su conjunto.
Los servidores de la Contraloría General del Estado, en concordancia con el mandato constitucional, leyes, normas, misión, visión y objetivos institucionales, deben mantener los siguientes valores, como orientación de su labor cotidiana y como expresión de la mejor disposición para el servicio al país y a la ciudadanía.
El presente Código de Conducta Ética está basado en cinco valores esenciales:
4.1. Integridad.- Actuar con honestidad, de forma confiable, de buena fe y a favor del interés público.
4.2. Independencia y Objetividad. - Estar libre de influencias o circunstancias que comprometan o puedan ser vistas como que comprometen el juicio profesional, y actuar de manera imparcial y objetiva.
4.3. Competencia.- Adquirir y mantener conocimientos y habilidades apropiadas para el rol, actuar de conformidad con las normas aplicables y con el debido cuidado.
4.4. Comportamiento Profesional. - Cumplir con las leyes, regulaciones y convenciones, y evitar cualquier conducta que pueda desacreditar a la Contraloría General del Estado.
4.5. Confidencialidad y Transparencia. - Proteger la información en forma adecuada, equilibrando este actuar con la necesidad de transparencia y rendición de cuentas.
Los servidores de la Contraloría General del Estado, observarán y cumplirán las disposiciones establecidas en la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, Ley Orgánica del Servicio Público y su Reglamento General, Reglamento Interno Sustitutivo de Administración del Talento Humano de la Contraloría General del Estado y Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, en lo referente a deberes y prohibiciones. La inobservancia o incumplimiento de los deberes y prohibiciones relacionadas al Código de Conducta Ética de este Organismo Técnico de Control, será sancionado de conformidad con lo dispuesto en la Ley.
Artículo 6.- Gestión del Código de Conducta Ética
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