Contraloría confirmó glosas en la contratación de obras para frenar la erosión del río Coca

 

Funcionarios de la Celec no advirtieron ni sancionaron los incumplimientos del contrato para la construcción de un dique que aplaque la erosión regresiva en las márgenes del río Coca. Las falencias ocasionaron que la estructura no cumpla su función.

La Contraloría confirmó tres responsabilidades civiles, que suman USD 346.372, para la contratista y dos funcionarios de la Corporación Eléctrica del Ecuador (Celec) que participaron, entre 2020 y 2021, en el contrato para la construcción de obras que mitiguen la erosión regresiva del río Coca.

La primera glosa, por USD 278.320, se determinó debido a que la constructora no cumplió las especificaciones técnicas en cuanto a las características de la estructura en el lecho del río. El proyecto se ejecutó con 11 contenedores metálicos dispuestos transversalmente en dos secciones en la rivera, en lugar de que toda la estructura esté alineada en forma perpendicular al flujo de las aguas, para proteger la orilla del efecto erosivo, ralentizar y asegurar su estabilidad frente a la fuerza del caudal.

La contratista alteró el trazado del dique, lo que afectó la resistencia de la estructura, su estabilidad y no garantizó la mitigación del rápido y destructivo avance erosivo de la cuenca, incumpliendo el propósito para el cual se contrató la obra.

El monto de la glosa corresponde al costo de los trabajos y se determinó para el funcionario que suscribió la recepción de los trabajos, el administrador del contrato, el fiscalizador de la obra y para el contratista del proyecto.

La Contraloría confirmó otra responsabilidad civil, por USD 48.706, debido a que no se impusieron multas al contratista por emplear personal que no acreditó la experiencia necesaria para la construcción del dique. El administrador del contrato y el fiscalizador tampoco verificaron el cumplimiento de los términos contractuales en cuanto a la utilización de equipos y maquinaria.

Una tercera glosa, por USD 19.346, se desprende del pago sin sustento por el uso de maquinaria durante 25 días. Los auditores compararon los registros de uso diario con la planilla presentada por el contratista, lo que permitió concluir que los equipos no fueron utilizados esos días.

Recurso de revisión

En concordancia con la normativa vigente, las personas naturales y jurídicas responsabilizadas tienen el derecho de interponer un recurso de revisión en sede administrativa, ante la Contraloría General del Estado, o en los tribunales de lo Contencioso Administrativo.

 

 

 

 

 

 




 

 

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